martes, 24 de mayo de 2016

Informes de parte: ¿partidistas?




Algunas veces los psicólogos nos encontramos con abogados que solicitan informes de parte a dictado. Es decir, tratan de decirte cómo ha de estar orientado y en qué sentido has de informar.
No siempre es fácil hacer ver a esos abogados que un informe de parte no es más útil siendo sesgado y faltando a la verdad, sino que pierde valor por varias razones:
·         Primera y principal, un psicólogo ha de actuar conforme a la ética, que, para no dejarse en manos de la pura integridad personal, se recogen los criterios que la rigen en el Código Deontológico del Colegio de Psicólogos.
·         Dos, porque un informe, si no responde a la verdad, es incoherente y, por tanto, muy difícil de sostener ante el tribunal.
·         Tres, no hay que considerar a los fiscales y jueces tan faltos de entendimiento como para suponer que no van a saber detectar el sesgo en un informe. (No es por eso raro encontrar en algunos jueces reticencias a tener en cuenta los informes de parte, por más que muchas veces encuentran después que son una buena ayuda a la hora de dictar sentencias que sean lo más justas posible)
·         Y cuatro, es fácil que, realizados así, con sesgo, entren en tal contradicción con otros informes, ya sean del equipo psicosocial o también de parte, que difícilmente van a cumplir su objetivo: ser útiles al juzgador. En este caso, la discordancia que observará este le hará pensar más en la parcialidad de los informes que en la objetividad necesaria para serle útiles.
No se trata de reflejar de forma falseada la personalidad del evaluado, de inventar habilidades que no tiene o negar trastornos que pueda sufrir, porque, casi siempre, habrá otro ser humano que pueda ser víctima de la falsedad de ese informe: un hijo, un menor abusado, cualquier víctima. Incluso, puede ocurrir algo más grave desde el punto de vista ético: que favorezcas a alguien que en el futuro haga un grave daño a un tercero.
La información que debe aportar un informe, sea de parte o no (no hay que olvidar que un informe hecho por un equipo del juzgado también podría ser sesgado e informar de forma desigual sobre las personas que valora), ha de ser lo más fiel posible a la verdad. Si lo es, seguramente será mucho más útil al cliente, se podrá defender con total convicción en el momento de la ratificación y, lo más importante, será útil al juzgador.
Si un psicólogo no intenta tener ese comportamiento ético, no solo perjudicará a su cliente, sino que también nos perjudicará a los demás psicólogos, pues hará que nuestros informes no sean valorados en su justa medida por los jueces.
¿Cuál es el problema con el que nos encontramos al realizar nuestro trabajo de forma fiel a nuestra profesión y ética? Que el cliente se puede sentir decepcionado ante informes que no le favorecen en el sentido que su abogado le ha sugerido. Porque eso es lo que ocurre a veces: valoramos a un sujeto y los datos que obtenemos van en contra de la imagen que él desearía ofrecer al tribunal. Para nosotros, en ese caso, la situación es dura pero no grave, pues ese cliente es el que recibe el informe y puede hacer con él lo que desee, así sea destruirlo. Sí, dirán, pero se ha gastado un dinero para nada. Es posible, pero, al menos en nuestro centro, es informado desde el principio que se puede encontrar con ese resultado, que, dicho vulgarmente, no nos casamos con nadie, pues valoramos más nuestra integridad que el que el informe responda a sus expectativas.
De todas formas, la experiencia nos dice que, en la mayoría de las ocasiones es útil y así lo demuestran las sentencias, donde, con frecuencia, es recogida la argumentación que hemos expuesto en el informe.
Nuestro empeño es que los jueces reconozcan nuestra objetividad (salvando los errores que podamos cometer en el proceso de valoración). Cuando un abogado solicita un informe es bien lógico que desee que le sirva para defender a la persona que representa, pero ha de entender que nosotros realizamos pruebas objetivas (cuestionarios, test) que han de ser interpretadas fielmente y que lo que informemos no puede estar en contradicción con lo obtenido en dichas pruebas. ¿Se imaginan que, por realizar un informe de forma parcial e interesada, un supuesto abusador fuera condenado siendo inocente o, al contrario, quedara en libertad siendo culpable? Para el abogado su misión es defender a su representado con todos los medios a su alcance, pero para un psicólogo eso solo ha de ser posible con la mayor aproximación posible a la verdad. Hay que tener en cuenta que los propios abogados nos exigen esa fidelidad cuando recurren a denunciar a un psicólogo ante la comisión Deontológica de nuestro Colegio. La mayoría lo hace para intentar que ese informe carezca de validez ante el tribunal, en el caso de que el Colegio de Psicólogos considerara que se ha realizado de forma inadecuada o faltando a la verdad. Por tanto, no se nos puede exigir la misma posición que a los abogados: ellos deben buscar todos los medios a su alcance para defender a su representado, pero no es así en nuestro caso, ya que nuestros informes pueden ser impugnados si cualquiera de las partes cree que ha sido realizado con deslealtad hacia el cliente que lo ha solicitado o de forma tendenciosa, para perjudicar a una de las partes.

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